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Uno de los ámbitos más complejos de las políticas públicas en el Estado de Derecho es el del sector Seguridad y dentro de éste, el de la Defensa. La legislación internacional, y de gran parte de los estados nacionales, distinguen ahora con mayor claridad que antes, que la Seguridad es una responsabilidad del Estado en su conjunto; y que la Defensa corresponde a aquella parte especializada en la necesidad de contrarrestar amenazas externas, cuya naturaleza requiere del uso de la fuerza militar. Pero esta tarea requiere del manejo de equilibrios y balances de poder para que quienes manejan los recursos de fuerza (armas, conocimientos, organización, personal) no lleguen a representar poderes sobredimensionados frente a la ciudadanía y frente a las autoridades legítimamente elegidas. Para ello, un recurso valioso de los estados modernos, es la actividad del Congreso no solo en la vigilancia sobre los excesos del empleo de la fuerza, sino también en todos los aspectos de la conducción democrática de los correspondientes cuerpos especializados (Fuerzas Armadas, Policía, sectores de inteligencia). En casi todos los Estados, el poder Ejecutivo tiene la gestión directa de ellos; pero se supone que el Congreso, que representa a los ciudadanos, debe proveer los debidos controles, revisión de normas, de presupuestos y otros aspectos para que la Seguridad en todos sus ámbitos especializados (entre ellos la Defensa) sean tratados como lo que son: "bienes públicos". En tanto intereses comunes de la ciudadanía, éstos no pueden ser apropiados por ningún interés particular, peor si provienen de filas de militares, policías o agentes de seguridad, acuciados por malentendidos "espíritus corporativos". Por otra parte, las Universidades, los grupos de veeduría ciudadana están obligados a proveer al Ejecutivo y al Legislativo de análisis, puntos de vista, sugerencias, evaluaciones y estudios. Como parte importante de la sociedad, las instituciones del conocimiento en esta "era del conocimiento", valga la redundancia, deben tener no solo la oportunidad, sino el derecho a ser escuchadas, leídas o tomadas en cuenta. Esto es válido no solamente en los campos de actividad del Estado a los que nos referimos en este Editorial, sino al conjunto de Políticas del Estado.